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Constitución Artículo 128 bis Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución Santa Cruz
Artículo 128 bis.

Un Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial, tendrá a su cargo la función de la selección vinculante por concursos públicos de ternas de postulantes a las magistraturas inferiores.

Esta selección deberá realizarse mediante procedimientos que garanticen adecuada publicidad, aplicando criterios objetivos predeterminados de evaluación, privilegiando la solvencia moral, la idoneidad, el respeto por las instituciones democráticas y los derechos humanos.

Será integrado periódicamente, preservando la pluralidad, la diversidad y el equilibrio entre sectores evitando hegemonías por representantes de los órganos políticos resultantes de la elección popular del Poder Judicial, de los magistrados y funcionarios, de los empleados de la justicia y de los abogados de la matrícula.

La ley establecerá también la forma que se integrará al Consejo una representación electa directamente por el pueblo de la Provincia.

Provincia de Santa Cruz Artículo 128 bis Constitución
Artículo 1 ...127 128 128 bis 129 130 ...Quinta

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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